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Veda electoral: las restricciones que rigen antes y durante las elecciones municipales
Publicado el 02/10/2026 10:16
PEDRO JUAN CABALLERO: Este domingo 4 de octubre se desarrollarán las Elecciones Municipales 2026, jornada en la que los ciudadanos de Pedro Juan Caballero deberán acudir a los locales habilitados para elegir a las autori...
Veda electoral: las restricciones que rigen antes y durante las elecciones municipales

La propaganda electoral para estos comicios finalizó el jueves 1 de octubre a las 23:59, de acuerdo con el cronograma establecido por la Justicia Electoral. Desde ese momento queda prohibida toda clase de propaganda electoral.

Esto implica que candidatos, partidos, movimientos y alianzas no pueden continuar con campañas proselitistas destinadas a solicitar el voto, ya sea mediante publicaciones, mensajes, actos, afiches, pasacalles u otros medios comprendidos dentro de la propaganda electoral.

¿Qué se puede hacer el sábado?

Durante la víspera, los ciudadanos pueden desarrollar sus actividades particulares con normalidad. También pueden verificar con anticipación su local de votación, número de mesa y orden dentro del padrón a través de la consulta habilitada por la Justicia Electoral.

Para votar, el elector deberá presentar su cédula de identidad. La Justicia Electoral aclara que se puede sufragar tanto con la cédula vigente como con la vencida. No se aceptan fotocopias ni contraseñas como documento para votar.

Lo que ya no está permitido es realizar propaganda electoral o actos de proselitismo. La legislación establece que, una vez vencido el periodo de propaganda, también está prohibida la realización de actos de proselitismo y la utilización de banderas, divisas u otras acciones de esta naturaleza.

¿Qué está prohibido el domingo?

La jornada electoral tendrá un horario de 07:00 a 17:00, según informó la Justicia Electoral. Los ciudadanos que se encuentren en la fila al momento del cierre podrán ejercer su derecho al voto.

Durante el día de los comicios existen varias restricciones:

  • No se permite la venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes del inicio del acto electoral y durante el día de las elecciones. La legislación establece sanciones para los comerciantes que incumplan esta disposición.
  • No se pueden realizar espectáculos públicos hasta dos horas después de la finalización de los comicios.
  • Está prohibida la aglomeración de personas o formación de grupos dentro de un radio de 200 metros de los locales de votación cuando puedan significar presión sobre los electores. La excepción corresponde a las personas que forman fila para sufragar.
  • Está prohibido portar armas dentro de ese radio de 200 metros, incluso si la persona cuenta con una autorización previa.
  • Los partidos, movimientos y alianzas no pueden instalar mesas de consulta dentro del radio de 200 metros de los centros de votación.
  • No se permite ingresar al recinto electoral en estado de ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes, ni generar disturbios que puedan afectar el normal desarrollo de la votación.

Celulares y secreto del voto

Una de las principales obligaciones del elector es preservar el secreto de su voto. La normativa electoral prohíbe ingresar al cuarto oscuro con teléfonos celulares, cámaras fotográficas, filmadoras u otros aparatos capaces de captar o transmitir imágenes que permitan vulnerar el secreto del sufragio.

Por ese motivo, el elector debe realizar la selección en la máquina de votación y doblar el boletín de manera que su elección no pueda ser observada por otras personas antes de depositarlo en la urna.

¿Cómo se vota?

El elector debe presentar su cédula de identidad ante la mesa correspondiente. Luego recibirá el boletín firmado por los vocales y pasará al cuarto oscuro.

Allí deberá introducir el boletín en la máquina de votación, seleccionar sus preferencias y confirmar la impresión. Después deberá verificar el contenido del boletín, doblarlo para preservar el secreto del voto, entregarlo al presidente de mesa para su firma y finalmente depositarlo en la urna.

Al terminar, se realiza la marcación correspondiente con tinta indeleble y se entrega la constancia de votación.

La Justicia Electoral recuerda además que el voto es universal, libre, directo, igual, secreto, personal e intransferible, y que nadie puede impedir, coartar o perturbar el ejercicio del sufragio.

Una jornada para votar con tranquilidad

De esta manera, durante la víspera los ciudadanos pueden prepararse para acudir a las urnas, consultar sus datos electorales y organizar su jornada, pero deben respetar el periodo de veda y abstenerse de realizar propaganda o proselitismo.

El domingo, en tanto, los electores podrán acudir a sus respectivos locales entre las 07:00 y las 17:00, llevando su cédula de identidad y respetando las disposiciones establecidas para garantizar el normal desarrollo de las elecciones municipales.


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